Articulos
B. IDENTIFICACION DE DELITOS Y/O FALTA ADIISTRATIVAS APLICABLES AL USUARIO
- Articulo 6 El Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet. Para tales efectos, el Estado establecerá condiciones de competencia efectiva en la prestación de dichos servicios.
- Articulo 8 Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que esta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política solo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de esa república.
- Articulo 7 de la Constitución Política Mexicana relativa al derecho de expresión
Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión. Es inviable la libertad de difundir opiniones, información e ideas.
- Articulo 16 de la Constitución Política Mexicana relativa al derecho a la privacidad
Toda persona tiene derecho a la protección de datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley.
- Articulo 256 del Código Penal Federal Se impondrá de un mes a dos años de prisión y multa de diez a cien pesos, al que, sin motivo justificado, sin orden de autoridad competente, se introduzca, furtivamente o con engaño o violencia, o sin permiso de la persona autorizada, a un departamento, vivienda, aposento o dependencias de una casa habitada.
- Articulo 576 del Código Penal Federal Será castigada con la pena de prisión de cinco a diez años y multa de dieciocho a veinticuatro meses el que lleve a cabo recabe o facilite, cualquier acto de colaboración con las actividades o las finalidades de una banda armada, organización o grupo terrorista.
- Articulo 211 bis 1 Al que sin autorización modifique, destruya o provoque perdida de información contenida en sistemas o equipos de informática protegidos por algún mecanismo de seguridad, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y de cien a trescientos días de multa. Al que sin autorización conozca o copie información contenida en sistemas o equipos de informática protegidas por un mecanismo de seguridad, se le impondrá de tres meses a un año de prisión y de cincuenta a ciento cincuenta días de multa.
- Articulo 211 bit 3 Al que, estando autorizado para acceder a sistemas y equipos informático del estado, indebidamente, modifique, destruya o provoque perdida de información que contenga, se le impondrá de dos a ocho años de prisión y de trescientos a novecientos días de multa.
- Articulo 3 - Del respaldo, ambiente y limpieza
III. Queda estrictamente prohibido el almacenamiento de archivos que contengan música, pornografía, videos, imágenes y de cualquier otro tipo que no estén relacionados con la actividad o función, para la cual se destinó el equipo de cómputo.
- Articulo 211 bis 2 Al que sin autorización modifique, destruya o provoque pérdida de información contenida en sistemas o equipos de informática del Estado, protegidos por algún mecanismo de seguridad, se le impondrá de uno a cuatro años de prisión y de doscientos a seiscientos días de multa.
- Articulo 211 bis 4 Al que sin autorización conozca o copie información contenida en sistemas o equipos de informática de las instituciones que integran el sistema financiero, protegidos por algún mecanismo de seguridad, se le impondrán de tres meses a dos años de prisión y de cincuenta a trescientos días de multa.
El acceso no autorizado a un equipo de cómputo es la entrada a los documentos privados en cualquier ordenador por medio del uso de programas.





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